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mayo  19, 2024

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La caducidad en el Derecho Previsional

Por Natalia L. Pagotto y Julieta Tejedor


“En los procesos judiciales previsionales, el planteo de caducidad fundado en los artículos 25 del Ley de Procedimiento administrativo 19.549 y 15 de la Ley de Solidaridad Previsional 24.463 se bifurca en dos partes, ambas solicitando se resuelvan como de previo y especial pronunciamiento; uno por haber transcurrido en exceso el plazo de 90 días hábiles previstos en la norma mencionada y otro en el plazo transcurrido desde la determinación del haber inicial.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: caducidad, previsional, previsionales, administrativo.

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